DERECHO DE EXTRANJERÍA

Abogado de Extranjería
en Barcelona y el Baix Llobregat

Abogado de extranjería con despacho en Sant Feliu de Llobregat. Arraigo, autorizaciones de residencia y trabajo, nacionalidad española, reagrupación familiar y recursos contra denegaciones y expulsiones, en Barcelona y el Baix Llobregat.

ABOGADO DE EXTRANJERÍA

Tu situación en España, con orden y en plazo

Desde Sant Feliu de Llobregat atendemos a personas extranjeras y a sus familias en Barcelona y el Baix Llobregat, de forma presencial y por videoconferencia, en castellano, catalán, inglés o francés.

En extranjería casi todo depende de los plazos y de la documentación: el tiempo de permanencia que se puede acreditar, los antecedentes penales, los medios económicos o la fecha en que caduca una autorización. Revisamos tu situación antes de presentar nada, porque una solicitud mal planteada puede acabar denegada y dejar a la persona en situación irregular.

Desde el 20 de mayo de 2025 se aplica un nuevo Reglamento de Extranjería, que redujo a dos años la permanencia exigida para la mayoría de los arraigos y reordenó sus modalidades. Consulta la Ley Orgánica 4/2000 de extranjería y el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024.

Esta página ofrece información general y no sustituye el estudio de cada expediente.


SERVICIOS DE EXTRANJERÍA

Del primer permiso a la nacionalidad

Arraigo y regularización

Arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad: requisitos, documentación y presentación.

Residencia y trabajo

Autorizaciones iniciales, renovaciones, modificaciones y paso de estancia por estudios a residencia y trabajo.

Nacionalidad española

Nacionalidad por residencia, preparación del expediente y recurso si se deniega o no se resuelve.

Reagrupación familiar

Reagrupación de cónyuge o pareja, hijos y ascendientes, y tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Recursos y expulsiones

Recurso contra denegaciones, defensa en procedimientos de expulsión y solicitud de medidas cautelares.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes de extranjería

Los requisitos de extranjería cambian con frecuencia y cada expediente tiene sus fechas. Estas respuestas son orientativas y deben contrastarse con la documentación de cada caso.

Arraigo, nacionalidad y recursos

Con el Reglamento vigente desde mayo de 2025, la mayoría de las modalidades de arraigo exigen haber permanecido en España al menos dos años (antes eran tres) y no tener antecedentes penales. Cada modalidad añade requisitos propios: un contrato de trabajo, una formación, un vínculo familiar o haber tenido una autorización anterior. Conviene revisar qué modalidad encaja antes de reunir la documentación.

La regla general son diez años de residencia legal y continuada. Bastan dos años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, cinco para quienes tienen reconocida la condición de refugiado, y un año en casos como haber nacido en España o llevar un año casado con una persona española. Además, hay que superar las pruebas del Instituto Cervantes, salvo exenciones.

Según el caso, contra la denegación cabe recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el de dos meses. Antes de recurrir hay que ver si el motivo se puede corregir, porque a veces es más rápido presentar una solicitud nueva bien documentada. Los plazos cuentan desde el día siguiente a la notificación, así que conviene revisarla cuanto antes.

Actúa de inmediato. En el procedimiento preferente de expulsión solo hay 48 horas para presentar alegaciones, y en el ordinario, quince días. La expulsión puede recurrirse y, en muchos casos, pedirse su suspensión mientras se resuelve el recurso. Tener arraigo, familia en España o una trayectoria laboral puede ser decisivo para defender que la expulsión no es proporcionada.

Pasaporte, NIE o tarjeta si los tienes, empadronamiento y cualquier documento que acredite el tiempo que llevas en España, resoluciones o notificaciones recibidas y, según el trámite, contrato de trabajo, títulos o documentos que prueben el vínculo familiar. Con eso podemos decirte qué vía encaja y qué falta.

CONTACTO

Revisamos tu situación de extranjería

Valoración inicial de viabilidad. Indica qué trámite necesitas, cuánto tiempo llevas en España y si tienes alguna resolución o plazo pendiente. Te atendemos en Sant Feliu de Llobregat, por teléfono o por videoconferencia.

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